martes, 24 de septiembre de 2013

“La Constitución y su importancia en la vida de una nación, como interpretarla”



INTRODUCCION

A veces se escucha hablar acerca de La Constitución, pero hasta ahí queda todo. Esto pasa en la mayoría de la gente, que desconoce que es La Constitución exactamente y en que radica su importancia.

Como veremos a continuación, haremos un breve análisis sobre todo lo que realmente abarca la norma suprema Constitucional, además de saber porque es de suma importancia el estudio de ella y de las normas que contiene; sujetándose a reglas y parámetros exclusivos para su estudio, dado por los expertos.

Esto es una pequeña reflexión acerca de lo que he aprendido acerca del tema y mi punto de vista al respecto. Que es La Constitución y la manera en como se interpreta.


1)      IMPORTANCIA DE CONOCER LA CONSTITUCION.
A través de la historia, el ser humano siempre se ha organizado para poder convivir con otros de su misma especie, ya sea en comunidades pequeñas, en tribus, en villas, en reinos, etc. y en la última etapa, en lo que se conoce como El Estado. Pero para que pueda desarrollar sus relaciones con otro, era preciso que esta vida en comunidad se organizara, y estas relaciones fueran organizadas también. Un claro ejemplo de ello lo encontramos en el Libro de La Biblia, en Éxodo capitulo 20, en donde se dieron lo que conocemos como “El Decálogo” o “Los diez mandamientos”. Allí se establecieron las normas que el pueblo Hebreo, debía de seguir, no solamente en su relación con Dios, sino también en su relación para con su prójimo, lo que tratan los últimos mandamientos; que también dieron origen a la nación Judía. Cuando se formaron los Estado Nacientes, también se vio la necesidad de regular la vida de los habitantes de esas determinadas sociedades, en donde se les diera a ellos un significado y un sentido de pertenencia a la vida de estas personas. En la búsqueda de ese desiderato, en el cual el hombre sea el Alfa y la Omega del Derecho Político y por tanto del Derecho Constitucional, los textos que a este contienen tratan de que la persona sea el eje alrededor del cual gire la gigantesca maquina estatal, de manera tal que esta maquinaria no sea el mounstro Leviatán que todo engulle, si no que constituya una organización al servicio del ser humano, a fin de que este nazca, se desarrolle y viva, en pie de igualdad con sus semejantes, en Libertad, con justicia y dignidad.[1]
Es asi, como Las Constituciones, en el mundo, han sido las bases normativas-jurídicas de la vida de cada una de las sociedades. A través de ellas, se establece, como ha de ser la relación de los individuos con El Estado, en las diversas áreas política, económica, social, cultural, educativa, en materia de Administración Publica, etc. Asi como la misma relación entre los mismos sujetos de la sociedad, con ciertos limites al papel del estado en ello, asi como normar y sancionar las conductas de los individuos a través de la intervención estatal como la ultima instancia en ese asunto.
Pero creo, a mi modo de vista personal, en todos estos años de estudio en la carrera de Derecho; que La Constitución es muy importante, porque en esta ley justa, se ve reflejada la vida de las personas que son parte determinante en la vida de una nación, y el papel que el estado juega en velar y garantizar el desarrollo y dignidad de la vida de esa persona. La dignidad de la persona humana debe de ser lo primordial para el Estado, más allá de verla como un objeto más al servicio de los fines totalizadores de este, y de unos cuantos sujetos con ansias de poder. Hasta en la Biblia vemos reflejada la dignidad que tenemos como humanos, en la creación del mundo por Dios “Y creó Dios al hombre a su imagen, a imagen de Dios lo creo; varón y hembra los creó”…… Génesis 1:27. [2]Esta ha sido a través de la historia, y en la época actual, el punto de referencia de todas las facultades que se dirigen al reconocimiento y afirmación de la dimensión moral de la persona, de este punto de partida, es que se da lo que conocemos  como El Sistema de Los Derechos Humanos, que en La Constitución lo encontramos con el nombre de Derechos Fundamentales. Base de lo que conocemos como el Estado de Derecho o el Estado Social.
Tampoco el ser humano-hombre o mujer- que decae en vida moral y se hunde en el vicio, o que comete hechos tipificados como delitos, pierde por eso su dignidad; ni, en consecuencia, puede ser privado sustancialmente de sus Derechos Fundamentals- entre ellos, los familiares- sino suspendido o reducido temporalmente en el ejercicio de algunos de ellos y particularmente de los que dicen de relación con su problema conductual y no de otros que nada tienen que ver con el mismo.[3]
Muchas veces, el ciudadano común no tiene un significado muy claro de lo que es La Constitución, ya que solamente escucha de ella cuando se genera alguna noticia relacionada con ella. O lo que se escucha por medio de otras personas, pero su conocimiento no pasa más allá de ser un conocimiento común, porque no cuenta con la formación técnica especializada en el área del Derecho, y porque desconoce las Herramientas que se utilizan para su interpretación. En cambio, nosotros, que nos dedicamos a estudiar el Derecho, sabemos que La Constitución, no solamente es la norma suprema del ordenamiento jurídico de una nación, si no que es la ley suprema, que le da vida política, jurídica, económica y social a la nación, y que en ella esta plasmada la vida de un país, y además, impone los limites a las personas que ostentan el poder. De ahí la importancia, considero yo, de que aprendamos a interpretarla correctamente, para saberla aplicar, y de esa manera evitar conflictos que se dan actualmente y sobre todo, defender el derecho contendido en esas normas, que nos beneficia a todos y todas.

El pueblo, en su carácter de “El Soberano”, es el verdadero protagonista que le da su carácter de norma fundamental a la misma, eligiendo a los delegados del estado, que le darán vida a la misma, en forma directa o indirecta. Estos gobernaran pensando en el interés y bienestar de la comunidad.
De ahí, que la constitución, señale los fines del Estado y toda actividad del mismo debe de estar encaminada a su realización u obtención….”
2)      QUE ES LA CONSTITUCION
A partir de ello, podemos definir que La Constitución es :” un conjunto de normas jurídicas fundamentales, supremas que regulan la sociedad política-jurídica, la organización del poder para la concreción de los fines de esa sociedad y los elementos de interrelación que determinan la creación, subsistencia y desarrollo de una comunidad política”. Entonces, podemos decir que La Constitución fija los limites y define las relaciones entre los poderes del Estado, y de estos con sus ciudadanos, de esa manera, se establecen las bases para su gobierno y las instituciones políticas sobre las cuales se asientan. Con este documento se busca garantizar al pueblo sus derechos y libertades. En tal sentido, fundamenta los parámetros axiológicos y jurídicos de las disposiciones y actuaciones constitucionales de los poderes políticos y de los agentes económicos y sociales, asi, de igual manera, establece los principios y a su vez los limites de los alcances de los derechos y garantías constitucionales de los ciudadanos y las autoridades.
Para la Filosofía Política, el termino constitución es comúnmente utilizado en su sentido originario, para hacer notar cualquier ordenamiento estatal de corte liberal-garantista. En el campo de la Teoría General del Derecho, el termino Constitución es generalmente usado para designar el conjunto de las normas fundamentales que identifican o caracterizan cualquier ordenamiento jurídico. También podemos habla r de Constitución en sentido material, como las normas que en cualquier ordenamiento, determina la forma de Estado y la forma de Gobierno.[4]
La Constitución se distingue de otras leyes que también dan normativa Jurídica, en que es el contenido de la misma, en donde se distribuyen los poderes estatales y se disciplina las relaciones entre El Estado y los Ciudadanos, asi como de otros aspectos, como su forma y otras. En la Constitución podemos encontrar principios constitucionales, que a su vez, se derivan de valores universales, los cuales rigen el Derecho en forma General. Principios tales como: el principio de igualdad, de irretroactividad de la norma, de interdicción, de inocencia. Y de los valores tales como: La Justicia Social, la igualdad, la libertad, la solidaridad, el imperio de la ley, y la dignidad Humana. También hay diversidad de Constituciones, según su forma y Contenido.
Para concluir con este apartado diremos que La Constitución esta dividida en dos partes: a) la parte orgánica y b) la parte dogmatica.
Ahora que conocemos porque es importante conocer La Constitución, pasaremos a analizar porque es importante saber interpretar la norma Constitucional y como se puede hacer.
3)      SU INTERPRETACION, SISTEMAS, METODOS….
La constitución, para poder ser interpretada de una forma muy clara, esta, se debe de utilizar lo que se conoce como” La Hermenéutica Constitucional”. La Hermenéutica se usa para interpretar diferentes áreas del conocimiento, pero aquí la veremos enfocada un poco en el área de La Constitución. La Hermenéutica Constitucional se fundamenta en diferentes criterios para la interpretación, la lógica, la Historia, la sistematización, la base gramatical, que son sus elementos a usar, esta es una herramienta valiosa a usar, ya que nos ayudara a interpretar las normas Constitucionales, sobre todo aquellas que poseen un oscuro significado a la comprensión. Entre los elementos generales a usar tenemos aquí: el que busca la unificación tanto de la realidad de la sociedad, en contexto para adecuarlo al texto Constitucional, y asi de esa manera buscar su interpretación jurídica.
Como sabemos, un conjunto es un sistema de valores y principios, mediante el cual, podemos explicar determinados fenómenos. Hay principios y sistemas diversos que se ocupan de analizar distintos fines, pero, a nosotros, el que nos interesa es el sistema que se encarga de interpretar Nuestra Constitución.
Este sistema se encarga de hacer operatizar la Norma Suprema, de darle una correcta interpretación dentro de los principios, criterios y parámetros establecidos. Cuando uno toma contacto de una realidad especifica que le rodea, intentamos averiguar el sentido que ella posee, a través de la explicación llamada interpretación, y en este ámbito, el interprete busca construir una realidad, a partir de ello, y es como en este caso, el interprete jurídico sigue pasos o elementos para poder otorgarle un sentido Jurídico a la norma, ya sea superior o secundaria, para obtener como fin, la unidad de la ley.
Otro tema bastante importante en el campo del estudio de la norma Constitucional, es el de los criterios de Interpretación, este tema pertenece a la categoría de la Filosofía, aquella Ciencia que nos dice como debemos de interpretar y percibir nuestra Concepción del mundo en el cual vivimos. Es algo muy cercano al pensamiento, siendo un elemento del razonamiento para el que debe de tomarse una decisión.
En lo que se refiere a la norma Constitucional, hay diferentes criterios para la interpretación de la norma constitucional, podemos mencionar criterios objetivos, subjetivos y teleológicos.[5]
Sobre el criterio teleológico, podemos decir que es el más importante para la interpretación de la norma Constitucional, porque este nos da la perspectiva de la finalidad para lo cual se estableció la norma Constitucional, que debe de ser interpretada en los limites enmarcados por la misma norma, dándonos las pautas respectivas al respecto.
Contamos también con lo que son las reglas de interpretación, en todo este proceso para desentrañar el significado de la norma Constitucional.
Estas son todos aquellos lineamientos y normas que dan significado o alcance de algo, eso por una parte, aunque también tenemos otro significado de regla, el cual nos dice que son parámetros de conducta, religiosas, laborales, etc. Y estas se encuentran en el conocimiento común de las personas. Para la norma constitucional, las reglas para su interpretación son dadas tanto por la doctrina y la misma norma, ya que en ellas esta todo lo que el interprete necesita, puede ir desde lo mas concreto hasta lo más abstracto; también pueden surgir otras normativas, como reglamentos, acuerdos, instructivos, etc.
También puede haber otras reglas para su interpretación, como es el caso de la doctrina, la jurisprudencia, la historia Constitucional, etc.
En cuanto a la interpretación de la norma Constitucional, podemos decir que existen principios que son rectore de la misma, las cuales guían para que pueda darse una interpretación integral y cohesiva de la misma, nos referiremos a ellos de manera concreta a continuación:
A) El principio de la unidad de La Constitución: es la preservación de todas las normas constitucionales en una unidad jurídica, dado el contenido y cualidad de las mismas, y tomándolas como base, de donde partirá todo lo establecido. B) en e l principio de concordancia practica, aquí se puede dar al máximo la interpretación de la misma , en donde se pueden producir relaciones  de tensión con el fin de establecer la salvaguarda de una  norma constitucional, sin que para ello se pueda dar el sacrificio de alguna otra, o de algún valor o principio. C) el principio de corrección funcional, también se debe de procurar la armonía y el correcto funcionamiento entre los órganos y competencias del Estado, de esto se encargo el principio de corrección funcional. D) También encontramos que en La Constitución se encarga de integrar a diversos grupos con intereses ajenos para formar una perfecta armonía. Y por ultimo podemos mencionar que la norma Constitucional tiene su fuerza de interpretación, la cual no puede ser perdida por la vía de la misma.
En conclusión, podemos decir que para saber con exactitud el significado de la norma jurídica suprema, que en este caso, se trata de La Constitución, es necesario contar con todos esos recursos para poder conocer su contenido verdaderamente, de esta forma, tanto la interpretación asi como los criterios y las reglas que nos orientan jurídicamente, nos ayudan para saber la forma en como el interprete vio o ve la realidad de la sociedad salvadoreña.[6]
La norma, no solamente debe de verse desde una forma de vista objetiva, sino que también debe de interpretarse desde el punto de vista de cada uno de nosotros, para asi saber de esa forma que es lo que el legislador quiso decir en ella, y encontrar su significado, dentro de los limites de la norma Constitucional misma.
La constitución, como norma suprema de una nación debe de saber estudiarse de una manera correcta, para que su aplicación sea de una forma indicada, y no aislada, sino que verla como parte de la unidad del Derecho, para que podamos ver la realidad a través de ella y asi saber aplicarla.[7]
Y siguiendo con nuestro tema acerca de las diferentes formas de interpretar La Constitución, tenemos también lo que son los métodos. Como sabemos, un método es aquel que consta de una serie de pasos que debemos de seguir para lograr un objetivo y una conclusión; hay una diversidad de métodos, entre ellos tenemos: el sistemático, el lógico, el gramatical, etc. Lo debemos de ver como un conjunto de normas que esta integrado en un sistema y que esta en plena concordancia con los elementos de una unidad. Debemos de tener en claro que un método es muy diferente a una regla, ya que la regla es lo que usa el interprete, mientras que los métodos son los parámetros a utilizar por el para la interpretación que se hace del texto constitucional. Pero a veces los métodos no son suficientes para poder saber el espíritu con que se creo dicha norma constitucional, porque su significado es muy difícil para interpretarlo. Debe de partir esta de la realidad. Las reglas únicamente servirán como guía nada mas para la interpretación que hará el jurista de la norma Constitucional. Por ultimo, en este camino para poder descubrir y aplicar lo que las normas constitucionales nos están citando, tenemos el elemento de la lógica. La lógica es algo de la vida cotidiana que la usamos mucho a diario, no se necesita de tener mucha experiencia en el campo para poder usarla, porque es algo que esta conectado con el sentido común. A la lógica siempre se le ha conocido como algo que va conectado a la razón, y para que esta se pueda comprender mejor, se ha dividido en dos partes: lo que es la lógica material y la lógica formal, y su objeto particular de estudio son las diversas formas del razonamiento y su función con la comunicación.
La lógica es muy importante, ya que esta nos ayuda a poder entender y poder decidir las cosas de la vida diaria. También  tenemos otras divisiones que son muy importantes Tenemos la lógica general, la lógica especifica, la lógica menor y también la lógica jurídica, que no solamente se encargan de lo que es en si ese pensamiento, si no de cómo es ese pensamiento y como se puede aplicar a un campo especifico. La lógica es un campo de mucha aplicación, nos proponemos muchas técnicas para poder comprender mejor ese campo.
A través de la historia, se ha podido ver lo que es la relación entre derecho y lógica, ha recibido diversas concepciones entre las cuales mencionaremos: 1. La de los iusnaturalistas modernos, 2. La de la Jurisprudencia de los conceptos y 3. La del formalismo neokantiano.
Los principios universales que encontramos en la lógica son: la identidad, la contradicción, el tercero excluido, y el principio de razón suficiente,  que son tomados como reglas formales, se usan para usar contenidos o premisas de importancia. El objeto de la lógica formal son las estructuras del pensamiento, que pueden venir en las formas principales como son: los conceptos, juicios o proposiciones y razonamientos.
Ahora que hemos terminado de analizar un poco sobre las herramientas que nos ayudaran a analizar e interpretar La Constitución, pasaremos a otros temas  que son de mayor importancia, porque asi como las herramientas son importantes en este tema, lo son también los sujetos que son llamados a interpretar La Constitución.
En este tema se dice que hay muchos sujetos llamados para hacerlo, pero se considera que la principal es la población, ya que ella puede hacer una interpretación abierta de la Norma Constitucional. Pero del mismo modo, no todos son llamados a hacerlo, porque cada uno de ellos daría la interpretación de manera subjetiva. También podríamos incluir medios de comunicación y los órganos del Estado, que aquí son los más importantes.





1.       [1] Bertrand Galindo, Francisco, Tineti José Albino, “Manual de Derecho Constitucional”, 3º edición, 1999, Centro de Información Jurídica, Ministerio de Justicia, pagina 606.

2.       [2] Libro del Génesis, Biblia Reina Valera, versión 1960.

3.       Bertrand Galindo, Francisco, Tineti José Albino, “Manual de Derecho Constitucional”, 3º edición, 1999, Centro de Información Jurídica, Ministerio de Justicia, paginas 670.



4.       [4] Richard Guastini” Sobre  el concepto de Constitución”, Revista Mexicana de Derecho Constitucional “Cuestiones Constitucionales, Universidad Autónoma de México, edición 21 de Septiembre de 2003.

[5] Apuntes hechos en las clases expositivas.
[6] En estos supuestos, cuando hay valores que están en pugna, no queda más remedio que buscar el equilibrio"... "todos los valores constitucionales deben compaginarse entre sí, de forma que el equilibrio y contrapeso de valores es una dinámica base de la interpretación constitucional. Consecuencia obligada de lo anterior, es que TODA NORMA CONSTITUCIONAL SE CREO PARA QUE SURTA EFECTO, o sea que la norma constitucional se introdujo para lograr un determinado efecto en la vida social, efecto que el constituyente consideró valioso. Obviamente, es de elemental lógica jurídica, que no se va introducir una norma en el texto constitucional sin que tenga un significado, sin que se persiga un propósito práctico y sin que tenga un telos determinado y determinable por el intérprete de la misma".(Sentencia Definitiva, 27-ap-2004, 1/09/2005, 12:00 pm, Sala de lo Civil).
5.       [7] Apuntes personales hechos durante las clases expositivas.





CONCLUSION:

LA Constitución, en la escala de la pirámide Normativa, tal como lo plantea Kelsen, es la piedra angular sobre la cual descansa una nación, de la cual provienen las demás leyes secundarias. De ella emana la vida jurídica-política de una nación, en la cual también existen lo que conocemos como “Mecanismos de Defensa de La Constitución”, pero no quise tocar este tema, sino que lo dejaremos para una próxima entrega. Ellos se encargan de restaurar el orden Constitucional cuando han sido quebrantadas sus normas y se han vulnerado los derechos de los ciudadanos.

Cuando escucho a las personas en la calle, que no conocen mucho sobre La Constitución, mucho menos sobre sus derechos contenidos en ella, me pregunto: ¿Que estamos haciendo al respecto para difundirla entre los ciudadanos? Contribuimos al problema o a la solución?, el ciudadano común se evitaría muchos problemas, sobre todo cuando dejamos que la maquinaria pesada del Estado lo triture a el solo en los dientes de su engranaje, lamentablemente. Por eso, pienso yo que L Constitución, y los Derecho Humanos, van juntos, de la mano, y es indispensable por eso que nosotros, como estudiantes de Derecho, sepamos poderla interpretar con las herramientas que La Hermenéutica Constitucional, nos da al respecto, para la correcta aplicación de la norma Constitucional, y asi, poderla enseñar a nuestra población que tanto lo necesita.

Para concluir, quisiera dejar este extracto de este artículo de una de las famosas declaraciones que suscitaron y dieron origen a los Derecho Humanos, como reflexión final:

“una sociedad en la que no esta asegurada la garantía de los derechos, ni reconocida la división de poderes, no tiene Constitución”.
( Declaration des droits de l`home et du citoyen, Declaración de los derechos del Hombre y del ciudadano, Francia, 1789).

lunes, 26 de agosto de 2013

“DERECHO CONSTITUCIONAL Y LA CONSTITUCION”



“La constitución esta de adorno no mas…”
(Opinión de un ciudadano salvadoreño)
Con esto quise dar inicio a un tema tan complejo, para algunos interesante, como un profesional del derecho, para la mayoría, sin mucha importancia, como la opinión de esta persona que representa a la mayoría de salvadoreños, lamentablemente, quienes desconocen acerca de estos temas, a no ser porque los escuchan en la noticias, en las conversaciones con amigos, o con el jefe y los compañeros de oficina, pero nada mas. Para nosotros como estudiantes y futuros profesionales del Derecho, debemos conocer y valorar a profundidad, la norma base, superior en la jerarquía jurídica, de la cual vienen los distintos ordenamientos jurídicos, entonces, haciendo un breve análisis de ello, partamos de lo general;
¿Qué es para nosotros La Constitución, el Derecho Constitucional y el Derecho Procesal Constitucional?, ¿Qué significa para nosotros? ¿Cómo podemos ser garantes de ella?
Como sabemos, Manuel Ossorio, nos da el siguiente término. “Forma o sistema de Gobierno que cada Estado tiene. Ley Fundamental de la organización de un Estado”.Toda sociedad, debe estar fundamentada sobre una base, suprema jurídica, la cual le dará vida a dicha sociedad, sea el sistema que este pueda tener, asi como su forma de gobierno, y la forma de vida que esta pueda dar a sus habitantes, toda comunidad se basa en ese conjunto jurídico, sobre todo el poder de influencia que pueda darle a esta sobre la forma de regir su vida.
La constitución como ley fundamental, rige la organización de la vida de ese estado, sea el país del mundo que fuera, desde los sistemas Democráticos, hasta los gobiernos más extremistas como los de Oriente Medio; todos poseen su ley fundamental, y El Salvador no es la excepción, pasando por muchas etapas y procesos de cambio y transformación, desde La del 22 de Noviembre de 1824 cuando El Salvador forma parte de La República Federal de Centroamérica, , hasta la de 1983, que es la que rige nuestros destinos actualmente. Además, consagra como fin principal la dignidad de las personas, con sus respectivos Derechos, y los mecanismos para garantizarlos.
Demás esta por decir, que El Derecho Constitucional, es la parte del Derecho que regula las instituciones Jurídicas que conforman el Estado, la forma de organización de este, la regulación de los poderes públicos, y la parte que yo considero las mas importante para mi. LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE SUS CIUDADANOS. Pero acá un papel muy importante, lo tiene el Derecho Procesal Constitucional, del cual podemos decir que protege y garantiza a través de los diferentes mecanismos procesales, la supremacía jurídica de La Constitución, pone limites a las diversas actuaciones de los poderes públicos y protege los derechos establecidos en La Constitución.
Podemos decir entonces: que es importante poder conocer a fondo los procedimientos establecidos por el Derecho Procesal Constitucional para proteger nuestra Constitución, sus principios y los derechos de sus ciudadanos, saberlos aplicar correctamente, y asi velar por su respeto y aplicación para el bienestar de nuestro país, lamentablemente esto no se cumple a cabalidad, como lo expreso el ciudadano al cual yo le hice la pregunta ¿Que piensas acerca de nuestra Constitución? Como estudiantes de Derecho de Nuestra Amada Universidad, debemos ser conscientes de la realidad que tenemos ante nuestros ojos, y empezar a actuar para transformar las crisis que sufren nuestro país y nuestra Constitución, además, enseñarla y propagar su difusión a nuestra población salvadoreña, para que sepa como esta plasmada su vida como habitante de El Salvador.
“La Constitución es la piedra angular de todas nuestras libertades; guárdala y cuídala, mantén el honor y el orden en tu propia casa, y La República perdurara”
(Gerald Ford, Presidente Estadounidense).