sábado, 16 de marzo de 2013

Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas



La Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas fue adoptada en Nueva York el 13 de septiembre de 2007 durante la sesión 61 de la Asamblea General de las Naciones Unidas. Esta declaración tiene como predecesoras a la Convención 169 de la OIT y a la Convención 107.

Carácter
Aunque una declaración de la Asamblea General no es un instrumento coercitivo del derecho internacional, sí representa el desarrollo internacional de las normas legales y refleja el compromiso de la Organización de Naciones Unidas y los estados miembros. Para la ONU es un marco importante para el tratamiento de los pueblos indígenas del mundo y será indudablemente una herramienta significativa hacia la eliminación de las violaciones de los derechos humanos contra 370 millones de indígenas en el mundo y para apoyarlos en su lucha contra la discriminación.[1]
Contenido
La Declaración precisa los derechos colectivos e individuales de los pueblos indígenas, especialmente sus derechos a sus tierras, bienes, recursos vitales, territorios y recursos, a su cultura, identidad y lengua, al empleo, la salud, la educación y a determinar libremente su condición política y su desarrollo económico.
Enfatiza en el derecho de los pueblos indígenas a mantener y fortalecer sus propias instituciones, culturas y tradiciones, y a perseguir libremente su desarrollo de acuerdo con sus propias necesidades y aspiraciones; prohíbe la discriminación contra los indígenas y promueve su plena y efectiva participación en todos los asuntos que les conciernen y su derecho a mantener su diversidad y a propender por su propia visión económica y social.[2]
Negociaciones y ratificación
La Declaración fue el resultado de más de 22 años de elaboraciones y debates. La idea se originó en 1982 cuando el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas estableció su Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas, como resultado del estudio del relator especial José R. Martínez Cobo sobre el problema de la discriminación sufrida por los indígenas. Con la tarea de fomentar la protección de los derechos humanos de los indígenas, en 1985 el grupo de trabajo comenzó a elaborar el bosquejo de una Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, que culminó con un la presentación de un borrador en 1993, el cual fue sometido a la Subcomisión para la Prevención de la Discriminación y la Protección de Minorías, que le dio su aprobación al año siguiente.
El borrador de la Declaración fue entonces enviado a la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, la cual estableció otro Grupo de Trabajo para analizarlo. Ese grupo se reunió 11 veces para examinar y afinar el texto y sus disposiciones. El progreso fue lento porque varios gobierno expresaron variadas reservas sobre el derecho a la autodeterminación y sobre el control de los pueblos indígenas sobre los recursos naturales en sus territorios.[3] La versión final de la declaración fue adoptada el 29 de junio de 2006 por los integrantes del Consejo de Derechos Humanos (sucesor de la Comisión de Derechos Humanos), por 30 votos a favor, 2 en contra, 12 abstenciones y 3 ausencias.[4]
Posteriormente la Declaración no alcanzó el consenso necesario para ser adoptada por la Asamblea General, principalmente por las preocupaciones de algunos países africanos. Una iniciativa de consulta impulsada por México, Perú y Guatemala con estos países, consiguió su apoyo (con excepción de tres, que se abstuvieron), pero a cambio de la inclusión de nueve enmiendas, entre otras una que aclara que nada en la Declaración se interpretará "en el sentido de que autoriza o fomenta acción alguna encaminada a quebrantar o menoscabar, total o parcialmente, la integridad territorial o la unidad política de Estados soberanos e independientes". Las enmiendas fueron incluidas sin consultar a los representantes indígenas, y no contaron con su acuerdo,[5] por lo que organizaciones indígenas de diferentes países expresaron su enérgica protesta;[6] pero a pesar de ello, el Caucus Indígena en la ONU decidió mantener su apoyo a la adopción de la Declaración.[5]
En la Asamblea General, 143 países votaron a favor,[7] 4 en contra (Australia, Canadá, Nueva Zelanda y Estados Unidos) y hubo 11 abstenciones (Azerbaijan, Bangladesh, Bhutan, Burundi, Colombia, Georgia, Kenya, Nigeria, Rusia, Samoa y Ucrania); 34 estados se no estuvieron presentes en la votación.[8]
Controversia
Los cuatro gobiernos que votaron en contra – todos anglófono y antiguos integrantes del Imperio Británico, con significativa población aborigen, expresaron serias reservas al texto final de la declaración.
La delegación de Australia se manifestó contra el mantenimiento de los sistemas jurídicos tradicionales indígenas, y consideró que "debe haber solamente una ley para todos los australianos y no debemos mantener como reliquia prácticas legales que no son aceptables en el mundo moderno."[9]
Canadá fue más allá y dijo que aunque apoya "el espíritu de la declaración, ella contiene aspectos "fundamentalmente incompatibles con la Constitución del Canadá"[9] y señaló en particular el artículo 19, que requiere que los gobiernos celebren consultas con los indígenas, antes de adoptar y aplicar medidas legislativas y administrativas que los afecten, para obtener su consentimiento libre, previo e informado; y el artículos 26 y que podría permitir reclamaciones sobre los territorios indígenas históricos. Algunos funcionarios describieron el documento como "irrealizable en una democracia occidental bajo gobierno constitucional".[10]
Nueva Zelanda consideró que hay cuatro artículos que no puede aceptar y en particular mencionó que el artículo 26 parece requerir el reconocimiento de las derechos indígenas a tierras ahora poseídas legalmente por otros ciudadanos, lo cual según el gobierno "no hace caso de realidad contemporánea y sería imposible poner en ejecución".[11]
El portavoz de Estados Unidos, Benjamín Chang se justificó diciendo que "lo que se hizo no está claro. El camino está ahora sujeto a múltiples interpretaciones y no se estableció un principio universal claro." La delegación estadounidense publicó el documento "Observations of the United States with respect to the Declaration on the Rights of Indigenous Peoples", que especifica las objeciones de su gobierno muchas de las cuales están basadas en los mismos puntos que las de los otros tres países, pero se enfatiza en que según el gobierno estadounidense la Declaración no tiene una clara definición del concepto de "pueblos indígenas" ni de lo que exactamente intenta abarcar.[12]
En contraste con lo afirmado por estos cuatro gobiernos, muchos otros países y los altos funcionarios de Naciones Unidas expresaron su satisfacción por la adopción de la Declaración. El Secretario General de Naciones Unidas Ban Ki-Moon afirmó que se trata de "un momento histórico en que los estados integrantes de la ONU y los pueblos indígenas se han reconciliado tras una penosa historia y han resuelto avanzar juntos en la trayectoria de derechos humanos, de la justicia y del desarrollo para todos." Louise Arbour, la Alta Comisionada para los Derechos Humanos, ciudadana canadiense, expresó su satisfacción porque el trabajo duro y la perseverancia finalmente "han dado fruto en la Declaración más comprehensive de los derechos de los pueblos indígenas, hasta la fecha".[2] Igualmente, las noticias sobre la adopción de la Declaración fue recibida con júbilo en África[13] y el delegado de Bolivia, el Ministro de Relaciones Exteriores David Choque huanca dijo que espera que los gobiernos que han votado en contra o se han abstenido, reconsideren su rechazo y apoyen el documento, que la describió, como tan importante como la Declaración Universal de los Derechos Humanos.[14]
En marzo de 2010 Australia anunció su adhesión a la Declaración. Le seguía Nueva Zelanda, tras oponerse a ella durante tres años. En noviembre de 2010 el Gobierno canadiense anunció su apoyo y, finalmente, en diciembre de ese mismo año Estados Unidos confirmó que se adherirían a la Declaración. Obama anunció este giro político durante la apertura de la Conferencia de Naciones Tribales de la Casa Blanca: “Lo que importa mucho más que las palabras, lo que importa mucho más que cualquier resolución o declaración, son hechos que se correspondan con esas palabras”, añadió el presidente.[15]

viernes, 15 de marzo de 2013

“Los derechos humanos: Base de una nación y su importancia en la universidad de El Salvador”.



“Hemos aprendido a volar como los pájaros y a nadar como los peces, pero no hemos aprendido el sencillo arte de vivir juntos como hermanos”
                                                 
                                                             Martín Luther King
                        (Reverendo, defensor de los derechos humanos,   asesinado en
                                                Menphis, Tenesse, el 4 de abril de 1968).



1) Base de los derechos humanos: la persona.

Todos y todas sabemos el valor único que tenemos como personas, tanto a nivel individual como colectivo, y por lo mismo, ese valor inherente, apreciado, que cada ser humano posee sobre la faz de este planeta, es reconocido por diversas culturas y también otras religiones.

Me permito retomar uno de los primeros capítulos del libro del génesis, del Sagrado Libro de La Biblia, para ilustrar mejor esto:
“Entonces dijo Dios: Hagamos al hombre a nuestra imagen, conforme a nuestra semejanza….  Y creo Dios al hombre a su imagen, a imagen de Dios lo creo….
(Génesis 1:26a-27). Entonces como hemos podido apreciar, se reconoce desde siempre la dignidad y el valor que tiene el ser humano, por el simple hecho de serlo, desde la concepción hasta el momento de su muerte, y he aquí, precisamente, a partir de este punto, con el nacimiento de la persona humana, que también el ordenamiento jurídico tanto nacional como internacional, han logrado reconocer esto, nacen lo que denominamos LOS DERECHOS HUMANOS.

2) Los Derechos Humanos: algunos antecedentes.

A través de toda la historia humana, se han dado muestras de la reacción de los pueblos al trato inhumano y a la injusticia, ya sea por medio de guerras, crisis sociales, conflictos, etc. Y es precisamente por ello, que se ha recorrido un largo camino que llevo al reconocimiento de la Declaración Universal de Los Derechos Humanos (10 de Diciembre de 1948).

Antecedentes tales como:
·  La Declaración de Derechos Inglesa o “ Bill of Rights” de 1689
·  La revolucion Francesa con su declaración de Los Derechos del Hombre y del Ciudadano, con sus principios de igualdad y libertad para todos los hombres
·  Los grupos o corrientes de tesis y pensamientos que le dieron vida; los que iban tanto con el pensamiento “ universalista” de los Derechos Humanos, así como aquellos que le dieron un sentido “ relativista” a los mismos.
·  I y II guerra mundial, devastadoras para la humanidad
·  La creación de las Naciones Unidas.

Todo ello hizo, que los grandes lideres acordaran no permitir mas los hechos atroces como los sucedidos en la segunda guerra mundial y complementar de esa forma La Carta de Las Naciones Unidas, en donde se garantizan los derechos de todas las personas en el mundo en cualquier lugar y en cualquier momento, considerada como la fuente de inspiración de numerosos tratados internacionales de Derechos Humanos con carácter jurídico vinculante, y para todas aquellas personas que creemos en una sociedad libre de tanta injusticia.

Todo ello se resume en un pequeño extracto del preámbulo del texto de La Declaración de Los Derechos Humanos:

“CONSIDERANDO QUE LA LIBERTAD, LA JUSTICIA Y LA PAZ EN EL MUNDO TIENEN POR BASE EL RECONOCIMIENTO DE LA DIGNIDAD INTRINSECA Y DE LOS DERECHOS IGUALES E INALINABLES DE TODOS LOS MIENBROS DE LA FAMILIA HUMANA;

CONSIDERANDO QUE EL DESCONOCIMIENTO Y EL MENOSPRECIO DE LOS DERECHOS HUMANOS HAN ORIGINADO ACTOS DE BARBARIE ULTRAJANTES PARA LA CONCIENCIA DE LA HUMANIDAD, Y QUE SE HA PROCLAMADO, COMO LA ASPIRACION MAS ELEVADA DEL HOMBRE, EL ADVENIMIENTO DE UN MUNDO EN QUE LOS SERES HUMANOS, LIBERADOS DEL TEMOR Y LA MISERIA, DISFRUTEN DE LA LIBERTAD DE PALABRA Y DE LA LIBERTAD DE CREENCIAS.

CONSIDERANDO ESENCIAL QUE LOS DERCHOS HUMANOS SEAN PROTEGIDOS POR UN REGIMEN DE DERECHO, A FIN DE QUE EL HOMBRE NO SE VEA COMPELIDO AL SUPREMO RECURSO DE LA REBELION CONTRA LA TIRANIA Y LA OPRESION”….  (Declaración Universal de Los Derechos Humanos, 10 de Diciembre de 1948).

Ahora que sabemos un poco sobre cual es su fundamento: EL SER HUMANO como tal, y algunos acontecimientos que dieron origen a ello, podemos decir entonces en forma general que Los Derechos Humanos son aquellas libertades, facultades,, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos, que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna, y esto incluye todas las áreas en las que se desenvuelve tanto a nivel individual como social.

Debemos decir que Los Derechos Humanos se localizan en lo que son los valores y principios éticos, los cuales la sociedad ha asumido, y que aparecen vinculados a la persona en cuanto tal, y en cuanto que es miembro de la sociedad y de los grupos que la integran y que resultan fundamentales precisamente por esa estrecha conexión con el individuo, con la persona, estos los podemos encontrar en las diversas áreas, derechos individuales, sociales, económicos, culturales, hasta ambientales, etc. Todos ellos encaminados a darle dignidad a la persona en cuanto sus intereses en cada área. Incluso, ¿Sabias tu que hasta los estudiantes universitarios poseemos derechos? Este tema se abordara un poco mas adelante.

Ya en el área jurídica, Los Derechos Humanos pasan a recibir diversas denominaciones porque estos ya están reconocidos en los diversos ordenamientos jurídicos supremos de cada nación, en sus Constituciones, “Derechos Fundamentales”, “Derechos y Libertadades, Derechos Constitucionales. Todo ellos haciendo referencia a una única realidad: El ser humano.


3) El Salvador: Los Derechos Humanos.

“Estas desigualdades injustas, estas masas de miseria que claman al cielo, son un antisigno de nuestro cristianismo. Están diciendo ante Dios que creemos más en las cosas de la tierra que en la alianza de amor que hemos firmado con El, y que por alianza con Dios todos los hombres debemos sentirnos hermanos…. El Hombre es tanto mas hijo de Dios cuanto mas hermano se hace de los hombres, y es menos hijo de Dios cuanto menos hermano se siente del prójimo”

  (Monseñor Oscar Arnulfo Romero, Homilía Dominical 23 de Marzo de 1980).

El proceso de paz y democratización en El Salvador, el cual ha atravesado un sin fin de crisis, conflictos, lucha popular de numerosas personas que soñaron precisamente con un El Salvador donde la dignidad de su gente fuera respetada por sus gobernantes, brinda la oportunidad, en los anales de la historia de nuestro país, construir las bases sobre las que se podía erigir la democracia de nuestro país.

La democracia salvadoreña es un paradigma a construir, partiendo del rescate de nuestra cultura, raíces históricas e identidad nacional, lo que no significa que se tenga que excluir las directrices del Derecho Internacional Publico, así como Los Derechos Humanos, principalmente, que son la base sobre la cual descansa la convivencia nacional.

La constitución de El Salvador, en el artículo 1 nos dice lo siguiente:
“El Salvador reconoce a la persona Humana como el origen y el fin de la actividad del Estado”….

Sin lugar a dudas, esta claramente establecido que la base sobre la que se asienta la actividad primordial del Estado es la persona, y su claro compromiso para poder desarrollar la personalidad de cada individuo dentro de la misma sociedad, tanto individual como socialmente.

La constitución de El Salvador reconoce los Derechos Fundamentales de todas las persona, que están contenidos en la  parte dogmática de la misma, siguiendo un correlativo orden: “Derechos individuales”, “Derechos Sociales: familia, trabajo y seguridad social, educación, ciencia y cultura, salud publica y asistencia social, y Los Derechos y Deberes políticos de los ciudadanos y el cuerpo electoral”.

A partir de los acuerdos de paz, en El Salvador se crearon instituciones tales como La Procuraduría Para La Defensa de Los Derechos Humanos, la cual es parte integrante de El Ministerio Publico, de carácter permanente e independiente, y es la institución que vela por Los Derechos Humanos, por Hacer respetar su protección, promoción y vigencia de los mismos.

Esto lo encontramos en La Constitución de La Republica, en su artículo 194 literal I, así como en La Ley de La Procuraduría para La Defensa de Los Derechos Humanos, en su artículo 1 al 3, institución a la cual se puede acudir cuando los ciudadanos se encuentren con amenazas a sus derechos.

Además, La Procuraduría para La Defensa de Los Derechos Humanos cuenta con diversas procuradurías adjuntas que se encargan de diferentes áreas:

-       Procuraduría adjunta para la defensa de Los Derechos de La Niñez y la Juventud.
-       Procuraduría adjunta para la defensa de Los Derechos de la mujer y La Familia
-       Procuraduría adjunta para La Defensa de Los Derechos económicos, sociales y culturales.
-       Procuraduría adjunta para la defensa del medio ambiente.
-       Procuraduría adjunta para la defensa de los derechos civiles e individuales.

Actualmente, todas y todos conocemos los problemas por los que atraviesa nuestro país, delincuencia, crisis económica, irrespeto a los derechos laborales de los y las trabajadoras, maltrato infantil, etc. Pero si todos los actores de la vida nacional se involucran activamente por hacer valer Los Derechos Humanos en el país, estaríamos como nación en camino de un verdadero progreso y desarrollo, en cuanto al respeto de la vida de sus habitantes.

4) ¿La población universitaria también tiene derechos?

Ahora hablaremos un poco acerca de un sector importante que también tiene derechos, pero que a veces son olvidados: La comunidad universitaria.

Con este objetivo, se crea La Defensoria de Los Derechos Universitarios, institución encargada de “velar por los derechos de los miembros de la comunidad universitaria, defenderlos y garantizar los derechos de los miembros de la misma”. También es un ente que podrá proponer reformas a aquellos reglamentos universitarios cuando alguna de sus normas se considere violatorias de Los Derechos de la comunidad universitaria o proponer otras normas y reglamentos que contribuyan al bienestar de los mismos.

Esta institución estará a cargo del defensor de Los Derechos Universitarios, quien; tal como lo dice el articulo 20 del Reglamento General de La Ley Orgánica de La Universidad de El Salvador, su papel será “imparcial e independiente, fundamentada exclusivamente en el derecho, la equidad y la sana critica”.

Esta institución, independiente de los organismos de autoridad de La Universidad de El Salvador, inicia labores en el año 2000, con la primera defensoria, que fue creada a partir de La Ley Orgánica de La Universidad de El Salvador en el año de 1999, el cual lo dice expresamente el artículo 62 y 89 de La misma ley. Actualmente la Defensoria es presidida por la primer mujer defensora, quien asumió el cargo el año pasado, Msc. Claudia Melgar de Zambrana, tercera persona en ocupar este puesto, y quien, en palabras de la misma, en una entrevista concedida a la revista “El Universitario” de fecha 6 de octubre de 2011, tendrá como objetivos en su gestión “El enfoque de genero, y una campaña de difusión masiva para dar a conocer Los Derechos Universitarios, y el rol de esta institución”.

Pero ahora bien, nos hacemos la siguiente pregunta:
¿Que entendemos por Derechos Universitarios?

Según el artículo 3 del Reglamento de La Defensoria de Los Derechos Universitarios:
“Los derechos de los miembros de La UES o de la comunidad universitaria, o simplemente los derechos universitarios, son las facultades reconocidas a las personas en La Constitución de La Republica, el derecho internacional de Los Derechos Humanos en lo aplicable, las leyes y los reglamentos Universitarios”

“LOS DERECHOS UNIVERSITARIOS SON LOS COMTEMPLADOS TANTO EN LOS REGLAMENTOS INTERNOS COMO EN TODO LO QUE TENGA QUE VER CON DERECHOS HUMANOS. SON LOS DERECHOS HUMANOS APLICADOS DIRECTAMENTE A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA”. QUE DESDE QUE PASAN A FORMAR PARTE DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA ADQUIEREN EL TITULO DE MIEMBROS DE LA COMUNIDAD, Y ADQUIEREN DERECHOS ESPECIFICOS QUE TIENEN QUE VER CON LO ACADEMICO, LOS DERECHOS DE RESPETO, LOS DERECHOS DIFERENTES QUE TENEMOS EN LA REGLAMENTACION INTERNA”
    (Msc. Claudia Melgar de Zambrana, El Universitario, octubre 2011).

Según el artículo 4 del Reglamento de La Defensoria de Los Derechos Universitarios, son funciones básicas de esta:
a)    la promoción de los derechos
b)    la protección, defensa o tutela de los derechos.

“El defensor de los derechos universitarios, es el funcionario responsable de velar por la promoción y la protección o tutela de los derechos humanos y universitarios de los miembros de la corporación y la comunidad universitaria”

“La promoción comprenderá la elaboración de investigación sobre la situación de los derechos y los deberes correlativos. La protección o tutela se manifestará contra actos de autoridad que lesionen los derechos humanos o universitarios de una persona o grupo de personas miembros de la UES.”
Articulo 20 incisos 1 y 2 del Reglamento General de La Ley orgánica de La Universidad de El Salvador.

Como hemos visto a lo largo de este tema, Los Derechos Humanos son tan bastos, e incluyen cada sector de la sociedad, en la cual esta la comunidad universitaria, la cual esta compuesta de los estudiantes, en su gran mayoría, sector docente, los trabajadores y otras personas allegadas a la misma. Sabiendo que nuestros derechos se encuentra establecidos en las mismas leyes de La Republica, en los tratados internacionales y las leyes especiales.

Además de la importancia de conocer el respaldo y apoyo que el diverso cuerpo normativo de La Universidad de El Salvador nos ofrece, hago mas bien dicho, un llamado a la reflexión, para que todos y todas actuemos dentro de nuestra gran comunidad universitaria, respetando también, el derecho tanto de un sector como de el otro, y así contribuir a sentar las bases para la convivencia, el respeto y la tolerancia, así como dicen por ahí “ seamos constructores de paz” y trabajar por un mejor El Salvador.